REALIZA LA LECTURA DEL SIGUIENTE TEXTO Y RESUELVE EL TALLER
TEMA: APUNTES
SOBRE CÍVICA, DEMOCRACIA Y CONSTITUCIÓN POLÍTICA
EL ESTADO: Es la situación jurídica
y política de un país. Hay dos clases.
a.
Estado de Derecho: Es de esencia democrática y se
rige por la Constitución y las leyes dictadas por los ciudadanos o por sus representantes y que todos en conjunto se
comprometen a respetar, por un Pacto social.
Lo integran todos los ciudadanos y las Instituciones políticas, sociales o
administrativas por las cuales se gobierna un país.
b.
Estado de Hecho: No rigen la Constitución y las
leyes, sino normas de tipo totalitario, impuestas por una persona, o por un grupo de personas,
sin el consentimiento de los ciudadanos.
EL ESTADO COLOMBIANO TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: (Artículo 1 C. N.)
a. Unitario: Tiene una forma de gobierno descrita
en una Constitución.
b. Descentralizado: Con autonomía para que los entes territoriales puedan gobernar y
tomar decisiones sin depender
absolutamente del gobierno central
b. Democrático: El pueblo
participa en el ejercicio del poder.
c. Participativo: Todas as ciudadanas y los ciudadanos podemos participar en la construcción de la nación.
d. Pluralista: Todas las personas tienen los mismos derechos, sin discriminación
de raza, sexo, lengua o religión.
Colombia es un Estado
Social de Derecho, es decir que además de respetar la constitución y
las leyes dictadas por los ciudadanos, está orientado hacia la búsqueda
de la protección y el bienestar social de las personas.
NACIÓN: Una nación es el elemento humano,
es una sociedad política, históricamente constituida por una comunidad con el mismo origen, lengua,
tradiciones, aspiraciones, costumbres, intereses y animada por los sentimientos comunes que resultan de
vivir en común.
SOBERANÍA: Estado soberano es aquel que no
depende de otros, y que ejerce derecho a gobernarse y a darse sus propias leyes.
La Constitución de 1991 indica que Colombia
es un Estado social, organizado en forma de República unitaria, descentralizada y con autonomía en sus
divisiones territoriales. “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público.
El pueblo lo ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución
establezca”. Art. 3 C. N. El pueblo, es el conjunto de personas o ciudadanos que viven en un país, acatan a un gobierno
común elegido por ellos mismos y norman su conducta por la Constitución y las leyes del Estado. Estas
personas que componen la nación pertenecen a distintas razas, etnias, credos políticos o religiosos y
costumbres. El país, el estado y la
Nación son los conceptos geográficos, jurídicos y sociales en los que
se desenvuelve la vida del
ciudadano.
GOBIERNO: Es el conjunto de personas que
dirigen un Estado. Si el estado es de Derecho, el gobierno estará ceñido a lo que señalen la Constitución y
las Leyes y será un gobierno democrático; si el Estado es de Hecho, el gobierno se regirá por el
capricho de las personas que lo ejercen,
y será un gobierno dictatorial.
PAÍS: Es un territorio geográfico que
conforma una unidad cultural y política. De
esa unidad hacen parte los distintos territorios y regiones que integran su geografía y las personas
que viven en ellos.
El territorio comprende la extensión de
tierras, mares y cielos pertenecientes a una nación como parte esencial del estado
y la ubicación geográfica donde se encuentra.
ENTIDADES
TERRITORIALES: Con la Constitución Política de Colombia de 1991, el territorio
quedó dividido en las siguientes entidades territoriales:
•
32 departamentos.
•
Los distritos especiales, que son: el Distrito Capital de Santa Fe
de Bogotá, localizado en el departamento de Cundinamarca;
el Distrito turístico y cultural de Cartagena de Indias, ubicado en el
departamento de Bolívar y el Distrito
turístico, cultural e histórico de Santa Marta, en el departamento de
Magdalena. En 1993 se creó el Distrito Especial, Industrial y Portuario
de Barranquilla.
• Los municipios, que son los que conforman los departamentos.
• Los territorios indígenas, en los
que habitan las comunidades indígenas de Colombia, como los Guambianos, los Paeces
o los Emberás.
Cada una de estas entidades territoriales
posee un cierto grado de autonomía. Es decir, tiene derecho a elegir sus propias autoridades, a tener sus
propios recursos, a cobrar ciertos impuestos y, en el caso de las comunidades indígenas, a juzgar
los delitos de sus miembros
y a administrar justicia, según sus propias
leyes.
LAS FUNCIONES DE LOS DEPARTAMENTOS
Los departamentos gozan de autonomía para:
• Planificar el desarrollo económico y social de su territorio.
• Coordinar y complementar las actividades de sus distintos
municipios.
• Servir de intermediarios y de voceros
de sus municipios ante la nación.
• Prestar los servicios que determinen la Constitución y las leyes.
COMPONENTES DEL TERRITORIO NACIONAL: El territorio nacional no sólo es el suelo.
Según la Constitución Nacional de 1991, se considera
además como territorio nacional lo siguiente:
El mar territorial:
Es una franja de 12 millas a partir de la
línea costera, la cual no puede ser navegada por barcos extranjeros sin permiso.
El mar patrimonial:
Es una zona comprendida entre la
costa y 200 millas náuticas mar adentro. Aunque allí es libre el tránsito internacional, la explotación económica
sólo podrá ser realizada por el país al que pertenece.
La
plataforma continental:
Es el lecho marino,
hasta 200 m de profundidad. La explotación también es exclusiva del país propietario.
El espacio aéreo
Es la capa atmosférica que cubre el suelo y
el mar territorial. Los aviones extranjeros no pueden volar sin permiso. Incluye también el espacio
orbital. En los artículos 101 y 102 de la Constitución Nacional de 1991 se
establece como parte del territorio nacional:
* Forman parte de Colombia, el
Archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y Malpelo. Además de las islas, islotes, cayos, morros y
bancos.
*
También son parte de Colombia, el subsuelo, la zona económica
exclusiva, el segmento de la órbita geoestacionaria,
el espectro electromagnético y el espacio donde actúa conforme al derecho
internacional (embajadas y consulados).
¿QUÉ NOS UNE COMO COLOMBIANOS?
Somos colombianos todos los que
nacimos en nuestra patria Colombia. A los colombianos nos unen ciertas características, gustos, formas de ser, hechos
históricos, razas y cientos
de cosas más.
Nuestra raza:
Nuestra raza es el resultado de la mezcla de
otras tres: el negro africano, el indígena americano y el blanco europeo.
Nuestras etnias
Nuestras etnias corresponden a
las características comunes (físicas, lingüísticas, culturales), que poseen los distintos habitantes de una región determinada.
Nuestro idioma
En nuestro país se reconoce como
lengua oficial el castellano. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también
oficiales en su territorio. (Art. 10 C. N.)
Nuestras creencias religiosas
Los españoles que nos
conquistaron tenían un gran afán en que todos nos volviéramos católicos. Por
eso hoy en día la mayoría de los colombianos
son católicos. Hay otras religiones: las de los indígenas y las llegadas al
país recientemente: judíos,
musulmanes, anglicanas, protestantes, adventistas, mormones, y evangélicos
entre otros. Todas permitidas por la Constitución Nacional.
Nuestras tradiciones populares
Durante tantos siglos que hemos vivido
juntos, los colombianos hemos inventado muchos bailes, formas de preparar los alimentos, celebraciones
religiosas y civiles, desfiles, estilos de fiestas, creencias, formas de
vestir, palabras y maneras de hablar el español
y cientos de cosas más.
Aunque cada uno de nosotros no practique todas estas tradiciones, nos gusta sentir y decir que son nuestras. Muchos son los grupos de colombianos que viven en el extranjero y que se reúnen periódicamente para celebrar y practicar nuestras tradiciones, sintiéndose así muy colombianos aunque vivan muy lejos.
¿QUIÉNES SOMOS LOS COLOMBIANOS?
Somos todas las personas que
hemos nacido en el territorio colombiano y estamos cobijados por la misma autoridad y por las mismas leyes. A
esa comunidad se le llama
también sociedad colombiana’.
¿Quiénes más pueden ser colombianos?
• Los hijos de colombianos nacidos en el extranjero.
• Los nacidos en el extranjero a
quienes Colombia les otorgue carta de naturalización, gozarán de las garantías de la Constitución pero no podrán ser elegidos
presidentes de la República, ni ocupar otros
altos cargos.
NUESTROS SÍMBOLOS: En Colombia tenemos como símbolos patrios
los siguientes:
• El escudo
• La flor nacional (Orquídea o Lirio de Mayo)
• El cóndor
• El himno
• La bandera
•
El árbol nacional
(Palma de cera del Quindío)
LA CÍVICA: Es el concepto básico de la
sociedad en la que vivimos y trata del buen comportamiento de un ciudadano, de los valores que practica y
de los conocimientos que posee acerca de su país, de su estado y de su nación, para poder vivir en paz
y armonía con sus
conciudadanos.
CIUDADANO /
A: Se denomina
Ciudadana o ciudadano colombiano a todas aquellas personas mayores de 18 años
que poseen cédula de
ciudadanía.
FUERZAS MILITARES. (Art. 216 C.P.) La nación tendrá para su defensa
unas fuerzas militares permanentes, constituidas
por el ejército, la armada y la fuerza aérea. Las fuerzas militares tienen como
finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden
Constitucional.
LA SOCIEDAD
CIVILSe describe
como el grupo de ciudadanos que no pertenece directamente al sector militar o al gubernamental del país (estudiantes,
trabajadores, amas de casa, maestros, etc.). Cuando este grupo de ciudadanos decide organizarse para buscar y conseguir el respeto
de sus derechos y propender
por la defensa de intereses
comunes, actuando de acuerdo con la Constitución y las leyes, es llamada
sociedad civil organizada, tales como asociaciones
gremiales, profesionales, sindicatos, juntas de acción comunal y de vecinos, etc.
LA FAMILIA: la familia es el núcleo de la
sociedad y se constituye públicamente a través del matrimonio. La constitución
establece que las relaciones familiares deben basarse en la igualdad de
derechos y deberes de la pareja y el respeto de todos sus
integrantes.
DESCENTRALIZACIÓN
POLÍTICA: Es un
sistema que esta enfocado hacia la transferencia a determinados entes, de la autoridad y poder que antes
ejercía solamente una Institución central del Estado, pero sin desconocer la existencia de este ente central.
CENTRALIZACIÓN POLÍTICA: Esta forma de gobierno, busca que la autoridad y el poder sea ejercida única y exclusivamente por una Institución central del Estado.
DIFERENCIAS ENTRE EL ESTADO DE DERECHO Y EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
1.
EL ESTADO DE DERECHO
DE 1886
La Constitución Política de 1886 concebía nuestro Estado como un Estado de Derecho, es decir, una organización en donde las autoridades y la población se encuentran sometidas al Derecho vigente de manera rígida e inflexible. Se dice que en ésta forma de estado poco importan las personas que conforman la nación, ya que todos los integrantes del Estado quedan subordinados al orden jurídico y a los procedimientos contemplados en la Ley, creando un Estado bastante neutro, en donde simplemente se respetan las libertades esenciales y el orden público.prima la ley por encima de cualquier cosa. En el Estado de Derecho, el Estado se somete a las leyes, en particular a la Constitución; quienes hacen las leyes y sus destinatarios tienen que respetar los principios contenidos en la ley suprema y hay un órgano judiciario, La Corte Constitucional o Tribunal Constitucional, que se ocupa de garantizar el respeto de la Constitución.
Finalmente podemos
decir que el ESTADO DE DERECHO presenta
cuatro características fundamentales:
a) La primera es el imperio de la ley.
b)
La segunda es la separación e independencia entre los poderes
ejecutivo, legislativo y judicial.
c) La tercera es el sometimiento de la Administración al orden jurídico.
d) La cuarta tiene que ver con el reconocimiento efectivo, la garantía eficaz y la realización material de los derechos y libertades de la persona
Durante el gobierno del
presidente Rafael Núñez y bajo la influencia del Jurista Miguel Antonio Caro,
el 4 de agosto de 1886, fue aprobada y firmada esta Constitución.
Esta Constitución estuvo sometida a reformas múltiples durante su vigencia para adecuarse a la cambiante situación del siglo XX, pero las más relevantes fueron las de 1910, 1918, 1921, 1936, 1945, 1958 y 1968. En la primera se redujo el tiempo del presidente de seis a cuatro años, y las siguientes intentaron definir parámetros para la modernización de los aparatos del Estado, con la consecuencia de una excesiva fragmentación de su estructura
Principales características de la Constitución de 1886
Se invocaba el nombre de dios como fuente de suprema
autoridad
Se reconocía la religión
Católica como oficial y se le brindaba protección
Los períodos para mandato del senado eran de 6 años y para la Cámara
de representantes de 4 años
La elección del presidente era para un período de 6 años el presidente tenía poder para declarar Estado de Sitio
Se cambió de Estados a Departamentos, Intendencias y Comisarías
2.
EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO
DE 1991
Para que se diera el proceso de
cambio para esta Constitución, el pueblo colombiano estaba pasando por una etapa de amenazas contra su integridad,
patrocinada por el terrorismo que pagado por los narcotraficantes intimidaba a toda la población colombiana. Con los antecedentes de violencia, los medios de comunicación, los
universitarios y con la ayuda de
algunos mandatarios finalmente se logró convocar a una Asamblea nacional Constituyente, que con la participación de
los partidos, movimientos políticos y comunidades indígenas, se encargó de reestructurar la Constitución que luego de ser aprobada se publicó por
el Presidente César Gaviria Trujillo el 7 de Julio de 1991.
De esta forma, se consagra en el artículo 1 de la Constitución que Colombia es un “Estado Social de Derecho”, como principio fundamental de nuestra organización política. Esta forma de Estado, esta encaminada a realizar la justicia social a través del reconocimiento de la dignidad del ser humano y el bienestar social, mediante la sujeción de las autoridades públicas al cumplimiento y garantía de los derechos fundamentales y deberes sociales consagrados en la constitución Política. El Estado reconoce todas las libertades esenciales, pero agrega los temas de equidad social, inclusión, igualdad y derechos económicos y sociales. Se crean unos mecanismos de defensa judicial para proteger esos derechos que implican el estado social de derecho como la tutela, habeas corpus, entre otros. El fin del Estado es su actividad para acabar con las desigualdades sociales. Prima en esta forma de Estado el Interés Colectivo.
Principales características de la Constitución de 1991
Preponderancia de la democracia participativa frente a la representativa
Una amplia carta de derechos humanos
Fortalecimiento institucional
El principio de separación de poderes
Adopción
de mecanismos ágiles,
eficientes y democráticos en materia económica
Autonomía y descentralización territorial
Reconocimiento de la diversidad cultural del país
Establecimiento de unos aparato más eficientes en justicia, incluyendo
una Corte dedicada
a la preservación del espíritu
de la propia Constitución
Disminución del poder central
presidencial para conceder
derechos a las regiones y las localidades
Control
sobre los estados
de excepción y las atribuciones especiales al ejecutivo
Posibilidad de acceso
a representación en el legislativo de nuevas fuerzas
y grupos sociales, políticas y culturales, incluyendo las etnias indígenas y negras
Revocatoria del mandato a quien violase
las normas
Lucha contra la corrupción de los funcionarios públicos
Inhabilidad e incompatibilidad para el desempeño de varios puestos
públicos por la misma persona
Transparencia en los procesos electorales; así como control de las prácticas
clientelistas y del financiamiento de las actividades de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial
con dineros ilegales.
Finalmente, la
Constitución prohibió la extradición de nacionales, primera gran reforma que, finalizando 1997, fue derogada por el Congreso
de la República, aunque con la limitación de no hacerla
retroactiva.
En resumen podemos decir que el ESTADO SOCIAL
DE DERECHO logra su realización mediante la satisfacción de:
a)
Las demandas vitales
de las personas menos favorecidas
b)
La corrección de las estructuras injustas originadas en el abuso
del tener
c) La guarda eficaz de los bienes
colectivos
d) La defensa de la iniciativa privada
y de la libertad de empresa, en un marco jurídico que las ponga al servicio
del desarrollo integral
del ser humano.
TALLER Nº
TEMA: CÍVICA, DEMOCRACIA Y CONSTITUCION POLÍTICA
COLOMBIANA
1.
Luego de leer el texto anterior, explica
en qué tipo de Estado se garantizan más los derechos de las personas: en un Estado
de Derecho, en un Estado de Hecho o en un estado Social
de derecho.
2.
Explica las características del
Estado Colombiano (Unitario, Descentralizado, Democrático, Participativo y Pluralista)
3.
Explica las diferencias entre
nación y país
4.
Explica las diferencias entre gobierno y soberanía
5.
Explica Qué y cuáles
son las entidades territoriales en Colombia
a partir de la Constitución de 1991
6.
Elabora un mapa de ideas o un mapa conceptual de los componentes del territorio nacional
7.
Elabora un paralelo entre
las diferencias del Estado de Derecho y el Estado
Social de Derecho.
8.
Elabora un escrito de mínimo 15 renglones acerca
de lo que somos y lo que nos une como colombianos,
9.
Escribe los conceptos de: cívica,
ciudadano/a, fuerzas militares, sociedad civil, familia y descentralización política
10. Escribe las principales características de la Constitución de 1886 y la de 1991
Fuente: https://es.slideshare.net/lydugo/taller-grado-once-segundo-perodo-cvica-democracia-y-constitucin-polticadiferencias-entre-el-estado-de-derecho
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